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Periodo de renovación anual de terrazas con veladores

Renovación: los titulares de establecimientos que dispongan de autorización para instalar veladores en la vía pública durante todo el año y deseen renovar la misma, deberán solicitarlo antes del 15 de diciembre de 2014.

Renuncia: si no están interesados, podrán desistir con una antelación mínima de 10 días al periodo autorizado (20 de diciembre para las autorizaciones anuales). 

La Ordenanza Municipal Reguladora de la Instalación de Terrazas, Veladores y Barras-mostrador, en espacios de dominio y/o uso público,  así lo contempla en los puntos nº 18 y 21.

Se deberá indicar que la superficie y temporada son las mismas que las concedidas en el ejercicio anterior.

Modelo de solicitud.